El Real Decreto 1155/2024 (BOE 20/11/2024) aprobó el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social a la vez que derogaba, de manera expresa, el Reglamento aprobado por el RD 557/2011.
Este nuevo Reglamento de extranjería entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, después de 6 meses de su publicación en el BOE.
He aquí, una síntesis de los elementos configurativos más destacados del Reglamento:
- Validez de las autorizaciones o tarjetas en vigor
- El tratamiento de las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este RD 1155/2024
- Regulación de los diversos visados:
- El visado de estancia de corta duración
- El visado de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas
- El visado de residencia
- El visado de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española.
- El visado de residencia para atender circunstancias extraordinarias
- El visado para la búsqueda de empleo
- Regulación de la estancia en España
- Regulación de la residencia temporal
- Regulación de la residencia y trabajo para actividades de temporada
- Gestión colectiva de contrataciones en origen
- Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales
- Residencia de larga duración-Unión Europea
- Modificación de las situaciones de las personas extranjeras en España
Estos apartados, con su casuística particular, son extensamente desarrollados en el texto del Real decreto.