SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE LAS ACTIVIDADES DE COMERCIO AL POR MENOR
Las nuevas subvenciones que pretenden impulsar las actividades de comercio al detalle, forman parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por los fondos Next Generation.
Sus bases están recogidas en el DOGC 29-11-2022 Y la pertinente convocatoria aparece en el DOGC 09-12-2022.
A continuación detallamos los elementos más destacados que componen esta convocatoria:
1) Plazo solicitudes:
Éstas empiezan a las 9.00 h del día 15-12-2022 y acaban a las 14.00 h del 19-01-2023.
Sólo será posible presentar una única solicitud por beneficiario.
2) Objeto:
Las subvenciones en el ámbito de las actividades de comercio al por menor y de las asociaciones y entidades de comercio, con la finalidad de impulsar la competitividad y la modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las asociaciones y entidades de comercio.
3) Personas beneficiarias:
- Las personas profesionales autónomas que estén dadas de alta en el RETA, titulares de un establecimiento de comercio al por menor.
- Las pequeñas y medianas empresas titulares de un establecimiento de comercio al por menor, dadas de alta en el censo del IAE.
- Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de comercio sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
Para ser beneficiario de estas subvenciones la actividad principal del negocio, deberá corresponder con alguna de las actividades siguientes de la (CNAE 2009): - CNAE 45 - CNAE 47 (ver anexo abajo).
Quedan excluidas las empresas fabricantes y mayoristas que no realicen venta al por menor.
4) Requisitos:
La inversión mínima es de 2.000 euros.
En el ámbito de las empresas de comercio, la persona beneficiaria debe tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña.
Las soluciones tecnológicas deben estar como mínimo en lengua catalana.
Los proyectos a subvencionar deben llevarse a cabo a través de empresas especializadas del sector que puedan acreditar su experiencia de forma fehaciente.
5) Tipología de acciones subvencionables:
5.1 En el ámbito de las empresas de comercio:
- En los proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra, se subvencionarán gastos relacionados: Desde la mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela mediante el uso de nuevas tecnologías, la creación de una tienda online, la implantación de soluciones de ciberseguridad, las aplicaciones informáticas diseñadas por teléfonos móviles, entre otros.
- Gastos referidos a la transformación de punto de venta: Desde la digitalización de la gestión de comercio, aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta para mejorar y actualizar el procedimiento de pago y evitar colas y aglomeraciones, adquisiciones de mobiliario tecnológico para el establecimiento físico (balanzas, ordenadores, tabletas), implantación de etiquetas electrónicas RFID, códigos QR, entre otros.
- Gastos relativos a la sostenibilidad y a la economía circular: Desde inversiones para disminuir el consumo de envases y embalaje, adopción de nuevas tecnologías para disminuir los costes y el impacto medioambiental en la distribución comercial, instalación de sistemas digitalizados de puntos de recogida, entre otros.
5.2 En el ámbito de las entidades y asociaciones de comercio:
Desde la mejora de la atención y relación y conocimiento de las personas consumidoras, inversiones en canales digitales de las asociaciones, publicidad y comunicación en medios digitales, soluciones de ciberseguridad en el ámbito asociativo, adquisiciones de mobiliario y herramientas tecnológicas, formación destinada a mejorar el uso y gestión de herramientas tecnológicas en el comercio, marketing digital y análisis de datos vinculados con la venta online, entre otros.
6) Periodo de ejecución:
La acción objeto de subvención debe realizarse de manera efectiva entre el 1 de enero de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2023.
7) Cuantía:
La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria de hasta el 80% de los gastos subvencionables con un máximo de 75.000 €
8) Régimen de compatibilidad de las subvenciones
Las subvenciones reguladas en esta Resolución son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada. Debe quedar identificada nítidamente, en cualquier caso, la trazabilidad de los gastos. No obstante, estas subvenciones son incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución de los mismos proyectos de inversión, y no se puede incurrir en doble financiación.